Cheque guardería 2026: cómo pedirlo y qué otras ayudas por hijo tienes

🍼 Actualizado julio 2026 ⏱ 9 min de lectura 📋 Guía de trámites incluida
✅ Lo más importante primero: El cheque guardería (prestación por cuidado de hijos menores de 3 años en la Seguridad Social) puede llegar a 1.000€/año por hijo. Se suma a la deducción IRPF por maternidad (1.200€/año), que también se puede cobrar mes a mes. Muchas familias no saben que pueden pedir las dos a la vez.

Mapa de ayudas por hijo menor en España

Seguridad Social
1.000€
por hijo / año (máximo)

Cheque guardería

Prestación económica para cubrir gastos de guardería privada autorizada para hijos de 0 a 3 años. Se tramita en la Seguridad Social.

AEAT / IRPF
1.200€
por hijo / año

Deducción por maternidad

Deducción en cuota IRPF para madres trabajadoras con hijos menores de 3 años. Cobrable por adelantado (100€/mes con modelo 140).

Seguridad Social
100€
por hijo / mes (familias con bajos ingresos)

Prestación por hijo a cargo

Para familias con hijos menores de 18 años (o sin límite con discapacidad ≥65%) e ingresos por debajo del umbral establecido.

Comunidades Autónomas
Variable
según CCAA e ingresos

Ayudas autonómicas

Muchas CCAA tienen ayudas adicionales: ayudas al nacimiento, ayudas de conciliación, plazas de guardería pública gratuita, etc. Consulta la web de tu CCAA.

Cheque guardería: todo lo que necesitas saber

El cheque guardería es una prestación de la Seguridad Social que reembolsa parte de los gastos de guardería para hijos de 0 a 3 años. No se paga directamente a la familia, sino que la guardería descuenta el importe de la factura mensual y luego lo reclama a la Seguridad Social.

¿Quién puede pedirlo?

✅ Requisitos para acceder

  • Hijo menor de 3 años
  • Al menos uno de los progenitores debe estar trabajando por cuenta ajena o propia (cotizando a la SS)
  • La guardería debe estar autorizada por la CCAA e inscrita en el catálogo de la Seguridad Social
  • No tener plazas de guardería pública gratuita disponibles para el menor

❌ No puedes acceder si…

  • El niño va a una guardería pública gratuita
  • Ninguno de los progenitores cotiza a la Seguridad Social
  • La guardería no está inscrita en el catálogo oficial de la SS
  • Ya se disfruta de bonificación en la cuota de autónomos por cuidado de menores (no acumulable)

¿Cuánto se cobra?

SituaciónImporte mensualImporte anual (máx.)
Cuota guardería ≥ 100€/mesHasta 100€/mes1.000€ (10 meses)
Cuota guardería entre 50-100€/mes50% de la cuotaVariable
Cuota guardería < 50€/mes100% de la cuotaVariable (máx. cuota)
Familias numerosas / monoparentalesHasta 100€/mesMisma base, posibles extras autonómicos
📌 Cómo funciona en la práctica: La guardería privada inscrita en el catálogo te descuenta el importe directamente de la factura. Tú no tienes que esperar a recibir el dinero — simplemente pagas menos cada mes. La guardería recupera después el importe de la Seguridad Social.

Cómo solicitarlo paso a paso

1

Comprueba que la guardería está en el catálogo oficial

Busca en sede.seg-social.gob.es → "Catálogo de guarderías" o pregunta directamente a la guardería si está inscrita. Si no está, no podrás acceder al cheque con esa guardería.

2

Solicita en la Sede Electrónica de la Seguridad Social

Accede con DNI electrónico, certificado digital o cl@ve. Trámite: "Prestación económica por cuidado de menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave" — no, busca específicamente "Cheque servicio de primer ciclo de educación infantil". También se puede ir al INSS presencialmente.

3

Documentación necesaria

Libro de familia o certificado de nacimiento del menor. DNI/NIE de los solicitantes. Contrato laboral o alta en autónomos (para demostrar cotización). Datos de la guardería (nombre, CIF, número de inscripción en catálogo SS).

4

La Seguridad Social notifica a la guardería

Una vez aprobada la solicitud, la Seguridad Social comunica a la guardería que puede aplicar el descuento. El proceso suele tardar 2-4 semanas. El importe no es retroactivo — se aplica desde la aprobación.

Deducción por maternidad: no la olvides

Compatible con el cheque guardería, la deducción por maternidad es un crédito fiscal de 1.200€/año en el IRPF para madres trabajadoras (por cuenta ajena o propia, con cotización a la SS) con hijos menores de 3 años.

💡 Cóbrala mes a mes: Presenta el modelo 140 en la AEAT y cobra 100€/mes directamente en tu cuenta, sin esperar a la declaración de la renta. Si lo pides ahora, recibes pagos desde el mes siguiente. Los meses anteriores del año los recuperas en la renta.

Además, si llevas al niño a guardería, puedes incrementar la deducción hasta en 1.000€ más por los gastos de guardería pagados — sumando hasta 2.200€/año en deducción total. Estos gastos adicionales se declaran en el IRPF, no se cobran por adelantado.

Prestación por hijo a cargo

Si tus ingresos familiares no superan el umbral establecido (~12.500€ anuales, variable según número de hijos), puedes solicitar la prestación por hijo a cargo en la Seguridad Social:

Se solicita en el INSS o mediante sede electrónica de la Seguridad Social con el modelo FH/1.

Preguntas frecuentes

¿El cheque guardería y la deducción por maternidad son compatibles?
Sí, son totalmente compatibles. El cheque guardería lo aplica la guardería en la factura mensual. La deducción por maternidad (1.200€) y el incremento por guardería (hasta 1.000€ adicional) se solicitan por separado en la AEAT. Puedes obtener los tres beneficios a la vez si cumples los requisitos.
¿Qué pasa si el niño cumple 3 años a mitad de curso?
El cheque guardería se extingue cuando el menor cumple 3 años. La deducción por maternidad también. Si el niño cumple 3 años en mayo, por ejemplo, cobrarás los beneficios hasta ese mes. Pasado esa edad, el niño ya tiene derecho a escolarización pública en P3.
¿Puede pedirlo el padre también, no solo la madre?
El cheque guardería lo puede solicitar cualquiera de los progenitores que cotice, indistintamente. La deducción por maternidad (1.200€), sin embargo, es exclusiva para la madre biológica o adoptiva en los 3 primeros años del menor. En familias monoparentales con padre, hay situaciones especiales — consulta con la AEAT.
¿La guardería en casa de una cuidadora cuenta?
No. Solo cuentan guarderías del primer ciclo de educación infantil (0-3 años) que estén inscritas en el catálogo de la Seguridad Social y autorizadas por la comunidad autónoma. Una cuidadora particular o una familia de acogida de día no da derecho al cheque.
¿Puedo pedir el cheque si soy autónomo?
Sí, siempre que estés dado de alta en el RETA y cotizando. Sin embargo, si ya disfrutas de la bonificación del 100% en la cuota de autónomos por conciliación (cuidado de menor de 12 años), no puedes acumular también el cheque guardería — debes elegir.

Preguntas frecuentes

Es una deducción adicional en el IRPF para madres trabajadoras con hijos menores de 3 años que estén en escuela infantil de primer ciclo (0-3 años) autorizada. Permite deducir hasta 1.000€ adicionales al año por hijo (se suma a los 1.200€ de la deducción por maternidad general). En total, se pueden deducir hasta 2.200€ por hijo menor de 3 años.

Las madres trabajadoras (por cuenta ajena o autónomas) que cotizen a la Seguridad Social y tengan hijos menores de 3 años en escuela infantil de 0-3 años autorizada. También tienen derecho el padre/tutor cuando la madre ha fallecido o no tiene derecho a la deducción por maternidad base. Desde 2023, los padres también pueden aplicarla si la madre no lo hace.

Las cuotas mensuales de la guardería, la matrícula, y otros servicios prestados por el centro (comedor, actividades extraescolares dentro del centro durante el horario escolar). No son deducibles: el material, los uniformes comprados fuera del centro, ni el transporte al colegio. La guardería debe ser de 0-3 años autorizada por la administración educativa correspondiente.

No hay que solicitar nada por separado. Se aplica directamente en la declaración de la renta (casillas 611-614 del modelo 100). Aportas los datos del centro y los importes pagados. La guardería debe estar en el registro de centros autorizados, lo que puedes verificar preguntando directamente al centro o en la web de la consejería de educación de tu comunidad.

Sí, desde 2023 se puede solicitar el abono anticipado de la deducción por guardería (100€/mes máximo) a través del modelo 233, que la guardería rellena y envía a la AEAT. No todas las guarderías gestionan este trámite, por lo que debes preguntarles directamente. Si la guardería no tramita el anticipado, igualmente puedes aplicar la deducción en la renta de abril.

No, la guardería debe estar autorizada como centro educativo de primer ciclo (0-3 años) por la Consejería de Educación de la comunidad autónoma correspondiente. No existe un registro específico de la AEAT. Si la guardería está dada de alta como centro educativo 0-3 y emite factura correctamente, la deducción es aplicable.

Los tickets guardería (beneficio en especie exento de cotización) son compatibles con la deducción por guardería en el IRPF. Sin embargo, el importe que deduce en IRPF es el pagado directamente por ti, no el cubierto por el ticket empresa, que ya tiene un beneficio fiscal propio (exención de cotización). No se puede deducir dos veces el mismo gasto.

Sí. La deducción se aplica solo hasta que el niño cumple 3 años. En el año en que cumple 3 años, se aplica solo por los meses anteriores al cumpleaños. Desde los 3 años, el niño pasa al sistema de educación infantil de segundo ciclo (3-6 años), que es gratuito en los centros públicos y concertados.

Si el centro no está autorizado como centro de educación infantil de primer ciclo por la comunidad autónoma, no puedes aplicar la deducción. Esto ocurre con algunas guarderías informales o ludotecas que no están registradas como centros educativos. Antes de matricular al niño, confirma con el centro que tienen la autorización necesaria.

Sí. La deducción estatal en IRPF es compatible con las ayudas autonómicas de guardería (becas de escolarización temprana, cheques de las comunidades autónomas). Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid hay ayudas para guarderías de 0-3 que son adicionales y compatibles con la deducción estatal.