¿Estás obligado a declarar?
❗ Obligado a declarar si…
- Tienes rendimientos del trabajo >22.000€ de un solo pagador
- Tienes rendimientos del trabajo >15.000€ con dos o más pagadores (si el 2º supera 1.500€)
- Tienes rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales >1.600€
- Tienes rendimientos de capital inmobiliario o actividades económicas >1.000€
- Tienes pérdidas patrimoniales superiores a 500€
✅ Conviene declarar aunque no estés obligado si…
- Te han retenido dinero y el resultado es a devolver
- Tienes deducciones que recuperar (maternidad, hipoteca, familia numerosa…)
- Tienes hijos con discapacidad o familia numerosa
- Has pagado alquiler y tu CCAA tiene deducción
- Acabas de empezar a trabajar y te han retenido de más
Cómo acceder a la declaración
| Método | Facilidad | Necesitas |
|---|---|---|
| Renta WEB (online) | ⭐ Más fácil | Cl@ve PIN, DNI electrónico o número de referencia |
| App de la AEAT | ⭐ Muy fácil | Móvil + Cl@ve / número de referencia |
| Cita previa presencial | Moderado | Cita en la Agencia Tributaria, traer documentación |
| Cita previa por teléfono | Moderado | Llamar al 91 535 73 26 / 901 200 345 |
| Programa PADRE (software) | Técnico | Descargar software de la AEAT |
Guía paso a paso para hacer la renta
Reúne la documentación antes de empezar
DNI/NIE, certificado de retenciones del trabajo (lo da tu empresa), justificantes de gastos deducibles, datos de la hipoteca o alquiler, información de inversiones o cuentas bancarias y certificados de discapacidad o familia numerosa si aplican.
Accede a Renta WEB en la AEAT y consulta el borrador
La AEAT ya tiene precargados tus datos fiscales. El borrador es un punto de partida, no un documento final — revísalo siempre. Muchas deducciones no aparecen automáticamente.
👉 agenciatributaria.gob.es → Renta → Campaña rentaComprueba y completa los datos personales y familiares
Verifica estado civil, hijos (NIF de cada uno), situación de discapacidad, si tienes título de familia numerosa. Estos datos determinan los mínimos personales y familiares que reducen la base imponible.
Revisa los rendimientos del trabajo
Compara lo que aparece en el borrador con tu certificado de retenciones. Si tienes varios pagadores (empresa + prestación por desempleo, por ejemplo), asegúrate de que todos aparecen. El total de rendimientos íntegros debe coincidir exactamente.
Añade las deducciones que no aparecen en el borrador
Hipoteca anterior a 2013, gastos de guardería, deducción por alquiler, donaciones, plan de pensiones, deducciones autonómicas… Estas hay que introducirlas manualmente o verificar que la AEAT las ha incluido correctamente.
Compara declaración individual vs conjunta
Si tienes pareja, Renta WEB te permite simular las dos opciones y ver cuál sale mejor. Generalmente la conjunta conviene cuando uno de los dos tiene ingresos muy bajos o nulos (con reducción de 3.400€ en la base imponible).
Revisa el resultado y presenta
Si sale a devolver: presenta cuanto antes (Hacienda tiene hasta 6 meses para pagar). Si sale a pagar: puedes fraccionar el pago (60% al presentar, 40% en noviembre) sin recargo. Si vas a domiciliar, la fecha límite suele ser el 25 de junio.
Casillas clave que no puedes olvidar
Cuota líquida total
La base para el número de referencia del siguiente año. Guarda el PDF.
Deducción vivienda habitual
Hipoteca anterior a 2013. 15% de las cuotas (máx. 9.040€ de base).
Deducción maternidad
1.200€ + hasta 1.000€ guardería. Solo madres trabajadoras con hijos <3 años.
Familia numerosa / discapacidad
Deducciones por familia numerosa general (1.200€) o especial (2.400€), y por descendientes con discapacidad.
Plan de pensiones
Aportaciones al plan de pensiones individual (máx. 1.500€ deducibles). Reduce la base imponible.
Deducción alquiler
Contratos anteriores a 2015: 10,05% de lo pagado (máx. 9.040€). Para contratos nuevos: depende de la CCAA.
Declaración conjunta vs individual
📊 Declaración individual
- Cada cónyuge declara sus ingresos por separado
- Mejor cuando ambos tienen ingresos similares
- Cada uno aplica sus propias deducciones
- La más habitual en parejas de doble ingreso
👨👩👧 Declaración conjunta
- Se incluyen todos los ingresos en una sola declaración
- Reducción especial de 3.400€ (matrimonios) en la base
- Mejor si uno de los cónyuges tiene rentas bajas o cero
- Puede convenir en familias con un solo sustentador
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
La campaña de la renta suele comenzar en abril y terminar el 30 de junio de cada año (para el ejercicio del año anterior). La presentación online está disponible desde el primer día. La presentación telefónica (con cita de la AEAT) suele comenzar en mayo. La presentación presencial en oficinas de la AEAT empieza en junio. El resultado a ingresar (si sales a pagar) tiene el mismo plazo.
Están obligados a declarar los contribuyentes con rendimientos del trabajo superiores a 22.000€ (de un pagador) o 15.000€ (de dos o más pagadores, si el segundo supera 1.500€). También los que tienen rendimientos del capital, actividades económicas, ganancias patrimoniales, o reciben subvenciones superiores a ciertos umbrales. Aunque no estés obligado, puede convenir presentarla si tienes derecho a devolución.
El borrador es la propuesta de declaración que elabora la AEAT con los datos que tiene: nóminas, retenciones, hipotecas, etc. No siempre está completo: puede faltar información sobre deducciones autonómicas, gastos de guardería, donativos, aportaciones a planes de pensiones de empleo, o rentas de alquiler que no hayan comunicado. Siempre revísalo antes de confirmarlo.
DNI o NIE, número de referencia o Cl@ve para acceder a la AEAT, certificado de retenciones del trabajo (lo da la empresa), información sobre préstamos hipotecarios (el banco lo envía), recibos de gastos deducibles (guardería, donaciones, plan de pensiones), datos del alquiler si tienes inquilinos, y cualquier ganancia o pérdida patrimonial del año.
En la web de la AEAT puedes obtener el número de referencia con tu DNI/NIE y la casilla 505 de la última declaración presentada (o el IBAN si no presentaste declaración el año anterior). También puedes usar Cl@ve PIN (sistema de identificación de la AEAT), certificado digital, o DNI electrónico para acceder directamente.
Puedes domiciliar el pago y elegir que se cobre el 30 de junio (fecha límite) en lugar de inmediatamente. También puedes fraccionar el pago en dos plazos: el 60% en junio y el 40% en noviembre, sin intereses ni recargos. Si no puedes pagar, puedes solicitar un aplazamiento a la AEAT, que normalmente concede plazos de 3-12 meses con un pequeño interés.
La declaración conjunta tiene una reducción de base de 3.400€ (o 2.150€ para familias monoparentales), pero solo compensa cuando uno de los dos cónyuges tiene ingresos muy bajos o nulos. Si los dos trabajan con ingresos similares, la declaración individual suele ser más beneficiosa o equivalente. La AEAT te muestra ambas opciones en el simulador para que elijas la más favorable.
Los gastos relacionados con la actividad: local o parte proporcional del domicilio (si trabajas en casa y cumples requisitos), suministros (luz, internet) proporcionalmente, material de oficina, herramientas y equipos, publicidad, seguros profesionales, cuotas a asociaciones, formación relacionada con la actividad, y la cuota de autónomo. Es fundamental que estén facturados a nombre de la actividad.
Los ingresos de alquiler de vivienda habitual se declaran como rendimientos del capital inmobiliario. Puedes deducir todos los gastos relacionados: intereses de hipoteca, IBI, comunidad de propietarios, seguros, reparaciones y conservación (no mejoras), amortización del inmueble (3% del valor de construcción), y otros. Del resultado neto, si es alquiler de vivienda habitual, se aplica una reducción del 60%.
Si no presentas la declaración en plazo, la AEAT te enviará un requerimiento. Si resulta a devolver, no hay sanción (pero pierdes la devolución si prescribe). Si resulta a ingresar, hay un recargo por presentación fuera de plazo: 1% por cada mes completo de retraso hasta 12 meses, y un 15% más intereses a partir del año. Si es por requerimiento de la AEAT, las sanciones son más graves.