Deducciones estatales para familias
Mínimo por descendientes
Reduce la base imponible: 2.400€ primer hijo, 2.700€ segundo, 4.000€ tercero, 4.500€ cuarto y siguientes. Menores de 25 años que convivan y no tengan rentas >8.000€.
Deducción por maternidad
Madres trabajadoras (cuenta ajena o propia con cotización) con hijos menores de 3 años. Cobrable por anticipado: 100€/mes con modelo 140.
Incremento por guardería
Hasta 1.000€ más sobre la deducción por maternidad si el menor va a guardería autorizada. Se declara en la renta — no se puede cobrar por anticipado.
Familia numerosa general
3 o más hijos. Deducción directa en cuota de 1.200€/año, cobrable anticipadamente (100€/mes). 600€ extra por cada hijo a partir del 4º.
Familia numerosa especial
5 o más hijos (o 4 con circunstancias especiales). Deducción de 2.400€/año, también cobrable por anticipado.
Discapacidad de descendiente
Si alguno de tus hijos tiene discapacidad reconocida ≥33%, deducción de 1.200€/año adicional. Cobrable por anticipado si el progenitor trabaja.
Vivienda en el IRPF
Deducción por hipoteca anterior a 2013
Si compraste tu vivienda habitual antes del 31/12/2012, puedes deducir el 15% de las cuotas anuales (capital + intereses + seguro vinculado). Hasta 1.356€ de deducción si aplicas la base máxima.
Deducción por alquiler (estatal)
Para contratos firmados antes de 2015, hay deducción estatal por alquiler (10,05% de lo pagado hasta 9.040€). Para contratos nuevos, depende exclusivamente de la CCAA.
Los tramos del IRPF 2026
| Base liquidable | Tipo estatal | Tipo total aproximado* |
|---|---|---|
| 0 — 12.450€ | 9,5% | 19% |
| 12.450 — 20.200€ | 12% | 24% |
| 20.200 — 35.200€ | 15% | 30% |
| 35.200 — 60.000€ | 18,5% | 37% |
| 60.000 — 300.000€ | 22,5% | 45% |
| Más de 300.000€ | 24,5% | 47% |
*Suma tipo estatal + tipo autonómico medio. Varía según comunidad autónoma.
Deducciones autonómicas destacadas
Cada comunidad autónoma puede añadir sus propias deducciones. Aquí las más relevantes para familias:
Madrid
- Nacimiento/adopción: 600€ 1er hijo, 750€ 2º, 900€ 3º+
- Gastos educativos: hasta 15% (cap. 400€/hijo)
- Alquiler <35 años: 30% (máx. 1.000€)
Cataluña
- Alquiler habitual: 10% (máx. 300€)
- Donativos: deducciones adicionales
- Rehabilitación vivienda habitual: 1,5%
Andalucía
- Nacimiento/adopción: 200€ por hijo
- Alquiler jóvenes: 15% (máx. 500€)
- Inversión en vivienda habitual: 2%
Valencia
- Nacimiento: 270€ / 224€ / 224€
- Gastos guardería: 15% (máx. 270€)
- Familia numerosa: hasta 300€ extra
País Vasco / Navarra
- Régimen foral propio — diferente al estatal
- Deducciones por hijos más generosas
- Mínimos personales y familiares distintos
Galicia
- Nacimiento: 300€ 1º, 600€ 2º, 1.200€ 3º+
- Gastos guardería: 30% (máx. 400€)
- Alquiler habitual: 10-20%
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Errores más comunes al declarar
Aceptar el borrador sin revisarlo. El borrador de Hacienda incluye lo que la AEAT sabe, no todo lo que tienes derecho a deducir. Las deducciones autonómicas, los gastos de guardería o las deducciones de familia numerosa a veces hay que añadirlas a mano.
No declarar conjuntamente cuando conviene. La declaración conjunta (con reducción de 3.400€) puede salir mejor si uno de los cónyuges tiene ingresos bajos o nulos. Calcula las dos opciones antes de presentar.
Olvidar los gastos deducibles del trabajo. Las cuotas sindicales, los gastos de defensa jurídica laboral y el gasto de 2.000€ por rendimientos del trabajo (reducción general) a veces no aparecen correctamente en el borrador.
No aplicar la deducción por hipoteca anterior a 2013. Muchas personas con hipotecas firmadas antes del 1/1/2013 no aplican esta deducción por desconocimiento. Con la base máxima (9.040€), el ahorro es de hasta 1.356€/año.
No pedir el abono anticipado de deducciones. Las deducciones por maternidad (modelo 140) y familia numerosa (modelo 143) se pueden cobrar mes a mes. No esperes a la declaración de la renta para recuperar ese dinero.
Preguntas frecuentes
Las más importantes son: deducción por maternidad (1.200€/año por hijo menor de 3 años, solo madres trabajadoras); deducción por guardería (hasta 1.000€ adicionales por hijo menor de 3 en guardería autorizada); deducción por familia numerosa (1.200€ o 2.400€/año según categoría); mínimo por descendiente (reduce la base, 2.400€ primero, 2.700€ segundo, 4.000€ tercero, 4.500€ cuarto hijo).
Una reducción de base imponible (como el mínimo por descendiente o las aportaciones a planes de pensiones) reduce la renta sobre la que se calculan los impuestos — su valor real depende de tu tramo fiscal. Una deducción en cuota (como la de maternidad o familia numerosa) se resta directamente de lo que pagas, con el mismo valor independientemente de tus ingresos.
El mínimo por descendiente reduce la base imponible del IRPF en una cantidad fija por cada hijo menor de 25 años (o sin límite de edad si tiene discapacidad) que conviva contigo y no tenga rentas propias superiores a 1.800€. Las cantidades son 2.400€ (1er hijo), 2.700€ (2do), 4.000€ (3er), 4.500€ (4to y siguientes). En la práctica, para una pareja en tramo del 30%, el segundo hijo supone un ahorro de unos 810€ en impuestos.
Sí, desde 2023. La deducción por maternidad (1.200€/año por hijo menor de 3 años) se amplió a madres autónomas que coticen a la Seguridad Social o a mutualidades alternativas. Antes solo la podían aplicar las madres trabajadoras por cuenta ajena. Las autónomas que antes no la aplicaban pueden solicitar rectificación de las declaraciones de los últimos 4 años.
Son muy variadas por comunidad. Algunos ejemplos: Madrid (deducción por nacimiento/adopción de 600-900€, deducción por familia con 3 hijos de 900€ adicionales); Cataluña (deducción por nacimiento en familias numerosas, deducción por alquiler para familias con hijos); Andalucía (deducción por discapacidad de descendientes, deducción por adopción internacional). Consulta la web de la Agencia Tributaria de tu comunidad.
Depende de la deducción. La deducción por maternidad es solo para la madre (salvo fallecimiento). El mínimo por descendiente se reparte al 50% entre los dos progenitores si hacen declaración separada. Las deducciones autonómicas por nacimiento también suelen repartirse al 50%. La deducción por familia numerosa puede aplicarla cualquiera de los dos, o repartirse.
Significativamente. El mínimo por descendiente se incrementa en 3.000€ (discapacidad del 33-65%) o 9.000€ (65% o más) adicionales. Además, hay una deducción adicional por cuidado de hijo con discapacidad de hasta 1.200€/año. La condición de familia numerosa puede acreditarse con 2 hijos si uno tiene discapacidad, lo que abre la deducción de 1.200-2.400€ adicionales.
Son dos deducciones distintas acumulables. La de maternidad es de 1.200€/año por hijo menor de 3 años (solo madres trabajadoras). La de guardería es adicional: hasta 1.000€/año extra por los gastos pagados en una guardería autorizada de 0-3 años (no en el colegio de 3 años). Entre las dos, el máximo es 2.200€/año por hijo menor de 3.
Sí. Puedes presentar una solicitud de rectificación de autoliquidación en la AEAT para los últimos 4 años no prescritos (ejercicios 2021-2024 si estás en 2025). Si no aplicaste la deducción por maternidad, guardería o familia numerosa, Hacienda te devuelve la diferencia. El trámite se hace online en la sede electrónica de la AEAT.
La deducción por inversión en vivienda habitual fue eliminada en 2013, pero sigue aplicándose en régimen transitorio a las hipotecas firmadas antes del 1 de enero de 2013. Si tienes hipoteca pre-2013, puedes deducir el 15% de lo pagado (capital + intereses) con un límite de 9.040€/año, lo que supone hasta 1.356€ de ahorro fiscal anual.